EL MUNICIPIO INSTA A LA COOPERATIVA PARA QUE DICTE LA NORMATIVA PERTINENTE QUE REGULA EL SERVICIO ANTE LA CRISIS HÍDRICA

La Municipalidad de Agua de Oro, a través de una misiva rubricada por el intendente Orlando Belli, intimó a la Cooperativa local, concesionaria del servicio de Agua Potable, para que con carácter de “urgente” dicte la normativa pertinente para poder regular la prestación del servicio ante la crisis hídrica que nos afecta.

“Conforme a lo conversado con su institución y por las gestiones que estamos efectuando para coadyuvar con soluciones ante la emergencia hídrica de la región, y que tuvieran corolario con la reunión en sede del Ente Regulador de Servicios Públicos (ERSeP) el día lunes 26 de diciembre para encontrar alternativas de articulación, lo solicitado y aún no respondido es relevante, en vista de las limitaciones que esta Administración tiene, dado que vuestra institución es la Concesionaria del Servicio”, expresa la nota.

Reiteramos que la Titularidad del Servicio de Captación y Distribución de Agua en nuestra localidad es del Gobierno de Córdoba, y que está en plena vigencia (tal como manifestó el ERSeP en la reunión referida anteriormente) la Resolución N° 839 de fecha 05/05/2003, que expresa que: “…La Provincia ostenta el Poder Concedente, observándose que esta es quien ha otorgado la concesión a la Cooperativa desde el año 1953 con carácter precario y que de estas mismas actuaciones no surge delegación alguna a la Municipalidad de Agua de Oro de su facultad concedente.  Conforme a lo expresado ut-supra, el ERSEP es competente con relación a la regulación y control de este servicio de agua potable; ello en virtud de que, a más de lo expuesto en orden a que es la Provincia la concedente del servicio, en el caso concreto, la prestación realizada por la mentada Cooperativa excede el ámbito de un municipio o comuna, circunstancia esta última que coloca a la concesión dentro de la jurisdicción del ERSEeP, conforme lo normado por el último supuesto del primer párrafo del art. 22 de la Ley 8835 …” y concluye en su parte Resolutiva, “…Declarar que el servicio público de agua potable prestado por la Cooperativa de Servicios Publico de Agua de Oro a las comunas de El Manzano, Cerro Azul y Municipalidad de Agua de Oro, se encuentra bajo la regulación y control del Ente Regulador de Servicios Públicos.- “.

“Es de su conocimiento que está aclarado y confirmado que es vuestra Cooperativa quien tiene las más amplias facultades como concesionaria exclusiva del servicio de agua, para declarar la Emergencia Hídrica en nuestra localidad y sancionar a los usuarios, conforme lo dispone el ERSeP, ente que tiene atribuida la “regulación y control” del servicio de provisión de agua potable”, aclara la misiva enviada el 27 de diciembre último y sobre la cual aún se espera respuesta.

“Tanto la Cooperativa como el ERSeP son quienes deben generar la normativa correspondiente para regular el servicio de agua, más aún en épocas de emergencia”, avaló el intendente Orlando Belli. “Nosotros seguimos a disposición para coadyuvar a resolver esta imprevisión por falta de realización de obras de captación de fuentes”, agregó.